VIERNES DESPUÉS DE LA SOLEMNIDAD DE LA ASCENSIÓN: NOVENA AL ESPÍRITU SANTO.
La novena al Espíritu Santo es la novena más antigua y los primeros en hacerla fueron los apóstoles y la Santísima Virgen María:
En Hechos de los Apóstoles leemos que después de la Ascensión de Jesús al Cielo, los Apóstoles regresaron a Jerusalén, “Entraron en la ciudad y subieron a la habitación superior de la casa donde se alojaban. Todos ellos perseveraban juntos en la oración en compañía de algunas mujeres, de María, la madre de Jesús, y de sus hermanos“. Hechos 1, 13-14.
“De repente vino del cielo un ruido como el de una ráfaga de viento impetuoso, que llenó toda la casa en la que se encontraban. Se les aparecieron unas lenguas como de fuego que se repartieron y se posaron sobre cada uno de ellos; quedaron todos llenos del Espíritu Santo y se pusieron a hablar en otras lenguas, según el Espíritu les concedía expresarse”. (Hechos 2: 2-4).
La novena al Espíritu Santo es la única novena prescrita por la Iglesia. El Papa León XIII pidió a todos los fieles que celebraran una novena solemne entre las festividades de la Ascensión y Pentecostés. En la Encíclica sobre el Espíritu Santo, (Divinum illud munus, el 9 de mayo de 1897) dice:
“Decretamos, por lo tanto, y mandamos que en todo el mundo católico en este año, y siempre en lo por venir, a la fiesta de Pentecostés preceda la novena en todas las iglesias parroquiales y también aun en los demás templos y oratorios”.
También la Iglesia da indulgencia si se hace la novena acompañada de confesión, Sagrada Comunión y oración por las intenciones del Santo Padre. En la Encíclica encontramos lo siguiente sobre la indulgencia a quienes hagan la novena al Espíritu Santo:
“Concedemos la indulgencia de siete años y otras tantas cuarentenas por cada día a todos los que asistieren a la novena y oraren según nuestra intención, además de la indulgencia plenaria en un día de la novena, o en la fiesta de Pentecostés y aun dentro de la octava, siempre que confesados y comulgados oraren según nuestra intención. Queremos igualmente también que gocen de tales beneficios todos aquellos que, legítimamente impedidos, no puedan asistir a dichos cultos públicos, y ello aun en los lugares donde no pudieren celebrarse cómodamente, a juicio del Ordinario, en el templo, con tal que privadamente hagan la novena y cumplan las demás obras y condiciones prescritas”.
NOVENA AL ESPÍRITU SANTO, PRIMER DÍA.
NOVENA AL ESPÍRITU SANTO, SEGUNDO DÍA.
NOVENA AL ESPÍRITU SANTO, TERCER DÍA.
NOVENA AL ESPÍRITU SANTO, CUARTO DÍA.
NOVENA AL ESPÍRITU SANTO, QUINTO DÍA.
NOVENA AL ESPÍRITU SANTO, SEXTO DÍA.
NOVENA AL ESPÍRITU SANTO, SÉPTIMO DÍA.